miércoles, 13 de abril de 2011

LOS ESTUDIANTES EN CONSEJO LE DECIMOS NO A LA CONEAU


Compañeros: la comisión de profesorado del consejo directivo comenzó a sesionar el pasado jueves. Ante la convocatoria, advertimos a las autoridades de la facultad que no nos ibamos a sentar a discutir nada sobre los profesorados hasta que no se rechaze todo intento de acreditación. Por tal motivo, presentamos un proyecto de resolución que rechaza la acreditación a cualquier organismo externo. De la comisión salió el proyecto con modificaciones, y se decidió tomar un tiempo para que los diferentes claustros hagan modificaciones y sugerencias. Los estudiantes nos juntaremos este jueves a las 20 hs. en el marco de la Comisión contra la Mercantilización de la educación, en el aula del patio, tal como lo votó la asamblea del CEFYL. La idea es discutir entre todos el proyecto y hacerle todas las modificaciones pertienentes, de cara a la sesión plenaria del Consejo Directivo del próximo martes 19. Sumate a la comisión, y vení a participar del rechazo a la CONEAU. Por otra parte, este jueves a las 16.00 hs. hay de nuevo comisión de profesorado, donde se discutirán temas relacionados con las didácticas, y los requisitos de materias para cursarlas. 
A continuación pegamos el proyecto que salió de la comisión del consejo:
VISTO



La ley 24.521 de Educación Superior (LES) y sus decretos reglamentarios

El fallo del Juez Federal Ernesto Marinelli en la causa 38.781/95; UBA c/ Estado Nacional s/ proceso de conocimiento

CONSIDERANDO:

Que la ley 24.521 fue dictada en el marco de las reformas a la legislación en el área de educación impulsada en la década de 1990, y genera un marco que trata a la educación superior como un bien de intercambio, como un servicio, y tiende a limitar la autonomía universitaria

Que esta Universidad recurrió a la Justicia y en la causa 38.781/95 “UBA c/Estado Nacional s/ proceso de conocimiento” obtuvo en el año 1996 un fallo de inconstitucionalidad del Juez Federal Ernesto Marinelli para los artículos 29, incs. f) y g); 42; 43; 46, inc. c); y 50 primera y segunda parte, de la ley 24.521 y 1, 3, 5, 6, 7, 12, 13, 14, 15 y 16 del decreto 499/95

Que desde el año 2003 el Estado Nacional ha impulsado un proceso de replanteo de la legislación en materia de educación, en cuyo contexto se han aprobado en el año 2005 la ley 26.058 de Educación Técnico Profesional y la ley 26.075 de Financiamiento Educativo, y en el año 2006 la ley 26.206 de Educación Nacional que en su artículo 2º establece que “La educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado” y en su artículo 10º establece que "El Estado Nacional no suscribirá tratados bilaterales o multilaterales de libre comercio que impliquen concebir la educación como un servicio lucrativo o alienten cualquier forma de mercantilización de la educación pública."

Que desde el año 2003 se han presentado diversos proyectos para reemplazar a la ley 24.521 por parte de Senadores y Diputados, que si bien desde el año 2006 el Poder Ejecutivo ha anunciado en repetidas oportunidades la intención de presentar un proyecto de ley que modifique la 24.521, este hecho no se ha concretado hasta el presente

Que es práctica institucional de esta Facultad que los Planes de Estudio de Licenciaturas y Profesorados de todos los departamentos sean debatidos y  definidos en el marco de los órganos de gobierno reconocidos en sus reglamentos - las Juntas Departamentales - y aprobados por el Consejo Directivo. 

Que la Secretaría de Políticas Universitarias ha establecido que las universidades, en el marco de su autonomía, definan sus políticas de formación docente.

Que la ANFHE  cuenta entre sus objetivos el desarrollo de diferentes acciones tendientes al fortalecimiento de las Humanidades y en el marco de las discusiones específicas sobre los profesorados, la Facultad ha participado planteando diferencias en relación con los lineamientos generales para la autoevaluación que la Asociación propone, lo cual no obsta para que la Facultad continúe sosteniendo las discusiones y el trabajo en la Asociación.

Que resulta necesario que la Facultad de Filosofía y Letras establezca una posición en relación con las políticas educativas relativas a los profesorados.


EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS RESUELVE

ARTÍCULO 1: Establecer que la Facultad de Filosofía y Letras no acredite sus profesorados ante ningún organismo externo.

ARTÍCULO 2: Manifestar que la Facultad considera que la derogación de la Ley de Educación Superior 24.521 es una deuda de los poderes políticos para con la sociedad y que debería ser reemplazada por una nueva Ley que se base en el principio que reconoce a la educación como un derecho humano básico que debe ser garantizado por el estado. En consecuencia, la Facultad de Filosofía y Letras no acreditará ninguna de sus carreras en el marco de una legislación que considera a la educación superior como un bien de intercambio, como un servicio, y tienda a limitar la autonomía universitaria

ARTÍCULO 3: Continuar participando en las deliberaciones de la ANFHE  reconociendo el valor del diálogo y el trabajo mancomunado entre unidades académicas de universidades nacionales con el compromiso de informar los contenidos de los encuentros y la posición sostenida por la representación de la Facultad a la comunidad académica en sus conjunto.

Establecer que ante la sanción de una nueva ley de educación superior será el Consejo Directivo el encargado de decidir sobre la acreditación de las carreras de la FFyL , siempre y cuando se garantice un debate amplio en la facultad con respecto a este tema y a cualquier otra implicancia de una nueva la ley.

ARTÍCULO 4: Manifestar que la facultad considera que el proceso de elaboración de una nueva ley de educación superior debe realizarse con la participación de las comunidades universitarias, y que el poder legislativo debe garantizar mecanismos de debate y consulta en todas las universidades publicas.


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